Hasta el 20 de enero las y los monotributistas deberán abonar la cuota mensual del régimen, considerando los nuevos valores vigentes publicados en monotributo.afip.gob.ar y en la tabla que mostramos en esta nota.
Además, quienes respecto de los últimos 12 meses, hubieran tenido variaciones en los ingresos brutos o alguno de los parámetros que determinan el encasillamiento deberán recategorizarse.
Aquellos monotributistas cuyos parámetros no hayan sufrido ninguna variación y mantengan la misma categoría, no deberán efectuar ninguna acción.
Cabe recordar que si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.
¿Cómo es el procedimiento?
1- Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.
2- Seleccionar la opción “Recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.
3- Seleccionar “Continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción “Confirmar categoría”.
4- Imprimir nueva credencial.
¿Cómo se realiza el pago?
El pago se puede realizar en cajeros automáticos Banelco o Link, con billetera electrónica, débito automático en cuenta bancaria o tarjeta de crédito o mediante un VEP a través del servicio Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA).
El pago presencial queda habilitado únicamente para los inscriptos en el Monotributo Social, los asociados a cooperativas de trabajo y los Trabajadores Independientes Promovidos.