Sancionarán a bancos que cobren altas tasas
en tarjetas de créditos
El directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) aprobó un
régimen de sumarios y sanciones por incumplimientos a la Ley de Tarjetas de
Crédito, con el objetivo de proteger al usuario de servicios financieros y
garantizar el eficiente funcionamiento del mercado crediticio.
(11:50
- Diario EL VIGÍA- 13-07-12) - De acuerdo al nuevo régimen de
sanciones, al Banco Central le corresponderá verificar la correcta aplicación
del nivel de las tasas de interés compensatorio y punitorio por la financiación
de operaciones con tarjetas, la obligación de exhibir al público las tasas de
financiación por este sistema en todos los locales del emisor y el deber de
informar las ofertas en materia financiera a la Secretaría de Comercio Interior.
La medida, que regirá tanto para las entidades financieras como para los
emisores no financieros de tarjetas de crédito, se adoptó a partir de las
facultades que la reciente modificación de la Carta Orgánica otorga al BCRA
orientadas a la defensa y protección del usuario de servicios financieros.
A través de la Comunicación “A” 5323 aprobada hoy, la entidad monetaria definió
el régimen sancionatorio en casos de incumplimiento, que contempla la base sobre
la cual se establecerán las multas máximas por aplicar.
Al respecto, estableció como “importe de referencia” el monto correspondiente a
los intereses liquidados, ajustados por un coeficiente -según la naturaleza de
la infracción- con el objetivo de que el monto de la sanción sea proporcional a
la naturaleza de la falta cometida; y definió que los importes de referencia
podrán ser incrementados en hasta veinte veces en función de la gravedad de las
faltas, la reincidencia y la reiteración de irregularidades.
El régimen sancionatorio también alcanza a los incumplimientos del deber de
exhibir al público las tasas por financiaciones de operaciones con tarjetas de
crédito, y de informar a la Secretaría de Comercio Interior las ofertas de las
entidades emisoras, dado que constituyen transgresiones que perjudican el buen
funcionamiento del sistema y deterioran el eficiente funcionamiento del mercado
de crédito.